Se conoció ayer por la tarde, la definición del fiscal ante
la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, de desestimar la apelación
que había planteado el fiscal Germán Moldes en pos que se habrá la
investigación que había presentado Alberto Nisman sobre el supuesto pacto de
impunidad con Irán.
Con sólidos argumentos, De Luca expuso las debilidades, por
no decir ridiculeces, que en su momento presentara Nisman y luego pretendieran
hacer lugar, Moldes y Gerardo Policita.
En su resolución, De Luca destaca entre otros que la
hipótesis fáctica no constituye delito; que la firma de un Tratado
Internacional entre dos potencias soberanas nunca puede ser la base fáctica ni
jurídica de un delito; que un tratado internacional tiene la misma jerarquía
constitucional que las leyes nacionales; que sólo los jueces son quienes pueden
solicitar a Interpol las altas y las bajas de las capturas internacionales de
personas imputadas de delitos por lo que se hace inviable el sustento de la
presentación; que en nuestro derecho penal no existe el delito de conspiración
que consiste en algo así como el acuerdo de dos o más personas con la intención
de cometer un acto ilegítimo; que la "Comisión de la Verdad" no tiene
facultades jurisdiccionales, ni incidencia en la causa; y que las medidas de
prueba propuestas por el fiscal de primera instancia, y también las sugeridas
por el juez de cámara que vota en disidencia, son totalmente impertinentes porque
su producción sólo nos conduciría al mismo punto en el que estamos hoy.
De esta manera, dejó en evidencia, como lo hicieran antes
los jueces de primera y segunda instancia,
que la presentación de Nisman carece de racionalidad y sustentabilidad.
El camino a seguir de la presentación, cabe destacar ahora
sí, es el del archivo; algo que viene a corroborar el carácter de operación
política destinada a golpear al Gobierno que tiene Nismangate.
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