El diario La Nación lo publicita con orgullo y cinismo, pues
se siente parte del logro opositor de dejar, a la fecha, a Tucumán sin
democracia; sin el precepto fundante del respecto al voto popular.
Es que, entre los fundamentos del fallo de los dos jueces de
la Sala I del fuero Contencioso Administrativo provincial, aparece, con carga
probatoria asignada, lo que dijeron dos medios; entiéndase su interpretación a
gusto sobre un hecho, en el mejor de los casos.
Como si la reflexión de los magistrados hubiera sido: “Tranquilos
tucumanos, les sacamos la democracia pero queda el periodismo”.
Un dato ridículo en un mar de intentos de fundamentación
que, paradójicamente - o no tanto-, admite que no se puede probar el fraude tal
cual está tipificado en el Código Procesal Constitucional de Tucumán.
En efecto, en su fallo, Salvador Norberto Ruiz y Ebe Marta
López Piossek, hablan de un sistema político viciado, y retoman la idea del
voto calificado al diferenciar los votos de quienes supuestamente sufragan
libremente y a conciencia, y quienes supuestamente no.
Una suerte de análisis sociopolítico que es decididamente
ajeno a lo que una sentencia debe contener en términos de fundamentos basados en la
jurisprudencia y la carga probatoria, y que en lo que a la hipótesis del fraude
respecta, jamás expone cómo ocurrió; cuales fueron los mecanismos para
cometerlo; y cuales sus consecuencias directas e indirectas.
Es entonces, la propia letra del fallo, la que pone en
evidencia que el mismo, no es otra cosa distinta a un golpe institucional.
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